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Jueves, 28 de Julio de 2005

Un mundo sin copyright: el cine

Cuando uno ve películas como Los Increíbles o Sky Captain, percibe inmediatamente que tras ellas hay innovación de la que requiere grandes inversiones. ¿Serían posibles en un mundo sin copyright?. ¿Cómo recuperarían su inversión los estudios si no existieran leyes que defendieran la mal llamada propiedad intelectual?

Los IncreiblesAyer por la noche vimos Los increíbles. Por razones que no vienen al caso, usamos una copia DivX hecha por mi madre. En la pantalla panorámica del ordenador de Imán la calidad era notable y la cuidada estética sesentera, inspirada en aquellas maravillosas aunque machistas pelis de James Bond, se disfrutaba sin echar de menos las carísimas palomitas del cine.

Otro día tendremos que hablar de la semiótica de todas estas nuevas pelis de superhéroes. Para mi reflejan un cambio histórico tan profundo en la consideración de los “enemigos” del estado, como el que desde los 90 reflejó los nuevos miedos al sexo en la vuelta de los vampiros a las pantallas.

Pero hoy, lo que quiero plantear es otra cosa. Cuando uno ve una de estas películas, como Los Increíbles o Sky Captain and the world of tomorrow, percibe inmediatamente que tras ellas hay innovación. Innovación de la que requiere grandes inversiones. Y la pregunta inmediata es ¿sería posible algo así en un mundo sin copyright?. ¿Cómo recuperarían su inversión los estudios si no existieran leyes que defendieran la mal llamada propiedad intelectual?

Existen, al margen del conjunto de privilegios otorgados y garantizados por el estado (que es lo que erróneamente se llama propiedad intelectual), dos mecanismos tradicionales para defender la rentabilidad de una creación asegurando la exclusión de los competidores: el secreto y la diferenciación de experiencia de usuario.

Formula secretaCuando pensamos en secreto pensamos en la famosa fórmula de la CocaCola. CocaCola nunca la ha patentado, tampoco la ha publicado. Con el tiempo, otras empresas desarrollaron productos parecidos (que no iguales) algunos de los cuales han conseguido, incluso, mayor cuota de mercado que el original. Aunque sin duda la innovación que supuso en su día la invención de la cola, ha obtenido, sobradamente, su incentivo.

En realidad, este método ya no sirve de mucho hoy. La tecnología ha evolucionado de modo que es relativamente sencillo saber qué componentes tiene un producto y como sintetizarlos. Pero este será uno de los temas principales de nuestra aproximación a cómo serían las farmaceúticas en un mundo sin patentes. En el mundo audiovisual equivaldría a lanzar DVDs incopiables. Algo que han intentado ya un millón de veces… lógicamente, sin éxito.

El otro camino es apostar por la diferenciación en la experiencia del usuario. Me explico: en los productos musicales, por ejemplo, existe una gama de experiencias ligadas a distintos formatos: MP3, CD y música en vivo. Creo que es cada vez más común pensar que el futuro el mundo de la música, como negocio, vivirá de los conciertos en directo, una experiencia no reproducible y mucho más rica que la que surge de escuchar la música en soporte físico o electrónico. En un futuro cada vez más presente, la música circulará libremente y serán los propios autores los que lancen al dominio público los registros de sus creaciones… entre otras cosas porque eso les facilitará ganar clientes para sus conciertos.

¿Es posible algo similar en el mundo del cine?. A día de hoy, realmente no. La cadena de experiencia sería DivX, DVD, sala de cine. Y obviamente la experiencia provista por las salas de cine no es tan impresionante como para que, teniendo un equipo medio decente en casa, un DVD o incluso un buen DivX no sean competitivos.

ImaxY es que mientras la tecnología doméstica de reproducción ha evolucionado trepidantemente desde los vídeos beta hasta el home cinema, la tecnología de reproducción publica sigue siendo básicamente la misma que en 1932 cuando se comenzó a incorporar el sonido al cine. ¿Por qué?

Hoy en día alrededor del 70% de los ingresos de una película provienen de canales de explotación ligados a la reproducción doméstica (vídeo, satélite, derechos de antena). Por otro lado la verticalización de la industria, el control por los grupos multimedia de toda la cadena productiva (desde la producción a las salas) es sólo comparable al del sistema de estudios, con el que acabara el 1948 el Tribunal Supremo norteamericano por vulneración del Acta antiTrust.

Es decir, las salas no han cambiado, no han evolucionado, porque están supeditadas a los estudios y estos viven de los privilegios otorgados por el copyright, no de las salas. Es difícil encontrar un ejemplo mejor de cómo el copyright ha frenado el desarrollo de la innovación que pretendía fomentar con su implantación. Pensemos en el IMAX por ejemplo y en la causa de que no haya películas comerciales, dramáticas, para este formato.

Porque el futuro del audiovisual tiene que pasar, en un previsible mundo sin copyright, por un cambio de las salas que hagan la experiencia incomparable a la doméstica. Tal vez, en el futuro, los estudios lanzen versiones DivX a través de la red de sus películas como promocionales. Y nosotros las veremos y, al igual que en la música, en vez de servir de sustitutivo de la experiencia “en vivo”, nos den ganas de ir a disfrutarlo “de verdad”.

Esto no necesariamente pasa por algo similar al IMAX, aunque parece el camino natural para el cine espectáculo de efectos especiales e imágenes digitales. El modelo también vale para el llamado “cine de autor”, quien seguramente no tenga que desarrollar circuitos basados en la espectacularidad, sino en los “complementos”, acompañando la reproducción de charlas del autor, debates, puestas en contexto… Quién sabe, a lo mejor, el futuro del cine pasa por una vuelta a los orígenes, a aquellos maravillosos años veinte en los que el cine (mudo y universal) se proyectaba en salas de variedades (para algo estaba la orquesta) dentro de un programa más amplio con espectáculos en vivo.

En cualquier caso, es intuitivamente aceptable que el cine podría mantener e incluso se vería obligado a desarrollar aún más la innovación artística y tecnológica en un mundo sin copyright…. si cambiara su modelo de negocio, como la música.

Porque a fin de cuentas, el modelo industrial que tenemos ahora no es hijo del mercado, de la evolución de los gustos y demandas de los consumidores y del desarrollo tecnológico de las empresas, sino de una estructura en trust y un sistema de protección legal que ha conseguido jústamente lo contrario de lo que pretendía: frenar la evolución del negocio original.

(Continúa)

Guardado por David de Ugarte en como destacado> su moleskine
a las 11:59 pm

En otros blogs este post recibió las siguientes referencias (URI de Trackback)

  1. » Archivo del Blog » Papeles para todo

    [...] [...]

  2. bitsenbloc » Blog Archive » Després del debat (I)

    [...] Tenir molt clar de què parlem és vital, perquè si, a partir de la definició, deduíssim que és suficient llicenciar les obres amb llicències de Creative Commons, o compatibles, no podríem mai demostrar que la primera frase és falsa, de fet, seria certa. En aquest sentit, David de Ugarte va fer una afirmació molt interessant, que es resumeix en que en aquest debat, els defensors de la primera afirmació tenen raó, tal com els defensors de la segona, perquè ambdós treballen sobre conceptes diferents de cultura lliure. De fet, la diferència entre les dues posicions esmentades rau precisament en les respectius conceptes de cultura lliure i no pas en la seva relació amb el programari lliure, tal com havíem dit abans. En el mateix article, David argumenta que la cultura s’ha de treure de damunt el concepte de “propietat intel·lectual” tot indicant el camí cap a una idea més clara de la cultura lliure, camí que és desenvolupat en un segon article on tracta com seria el món del cinema si no existís el copyright. [...]


Comentarios

  1. Fernando el 28/07/05 a las 3:07 pm

    Yo no hilé tan profundo ni propuse un cambio radical.

    Me quedé en sistemas actuales para salvar el modelo actual en http://blogia.com/bambino/index.php?idarticulo=200506251

  2. jclavijo el 28/07/05 a las 3:21 pm

    Hola David. Perdona mi ingnorancia, pero

    ¿Y en los libros cómo se resolvería el tema?

    ¿Ideando una nueva materialización de la idea?

    ¿No hay aquí más peligro de caer en las creative commons, que tú tb. criticas, al colgarlos, por ejemplo, en la red?

  3. David el 28/07/05 a las 3:51 pm

    Bueno, bueno, los libros… en la siguiente entrega, pero hace casi tres años sacamos ya una primera aproximación

  4. David el 28/07/05 a las 6:52 pm

    Fernando, ya se ha producido el cambio radical. Ahora el coste marginal de reproducción de un DivX es cero. Y el precio por tanto tiende a cero.

    El cambio ha sido la digitalización e Internet. Y ya ha llegado. Yo no propongo el cambio radical, porque ya ha sido.

    Lo que propongo es tan sólo derogar las leyes que se hicieron hace un siglo para una industria de hace un siglo.

    Da la casualidad que aquellas normas se establecieron para garantizar que existían incentivos a la innovación, pero hoy lejos de incentivar frenan.

    Por tanto, volvamos a la situación anterior y anulemos el privilegio del monopolio sobre las ideas o las creaciones.

  5. alberto el 28/07/05 a las 7:22 pm

    Creo que en una sociedad capitalista que simultáneamente defiende los privilegios del Copyright, y al mismo tiempo promueve una fiera competencia entre las empresas, esa carrera hará que caigan viejos privilegios en favor de los nuevos avances. Un ejemplo, que ambos comentamos en su dia, es el de la investigación, previamente patentada por Sony, antes de su desarrollo, que llevará a los actuales sistemas multimedia al mismo estante donde se encuentra la “Linterna Mágica”.

  6. Victor Abellón el 02/08/05 a las 6:11 pm

    Bueno David no hace falta que publiques esto. Hay mucha gente que apuesta por el P2Pnet como distribución de cine.

    El artículo está muy bien la verdad.

    Como sabes k soy una moska coj… en esto del lenguaje señalar dos cosas Estado es siempre con mayuscula cuando se refiere a la estructura de gobierno

    Act y Statute en español son ‘leyes’. Anti-trust como sabrás perfectamente ‘represión de prácticas restrictivas de la competencia’, o si se quiere anti monopolio. Yo lo de anti-trust lo entiendo, pero a lo mejor mucha gente no. Bueno, acabó el lingüística.

    Pues sí el análisis semiótico me parece muy interesante y pertinente.

    Salu2

    Por cierto no tengo haikus pero sí un poema de un paisano mío de Denia

    “Levantó los ojos hacia las estrellas y las estrellas
    admiradas por tanta belleza perdieron pie
    y rodaron por sus mejillas donde con envidia
    las he visto oscurecerse”

    Ben Al-Labbana de Denia (hacia 1113)

    en Poemas arabigoandaluces
    Colección Austral
    Espasa Calpe
    Traducción : Emilio Garcia Gómez

  7. pqs el 04/08/05 a las 4:38 pm

    Articulo relacionado en Wired (todavía no lo he leído pero parece interesante) aquí.

No espero notas en relación con este post. Los comentarios se cierran automáticamente a los tres días de la publicación del post.

Tout ce qui n'est point nouveau dans un temps d'innovation est pernicieux ~ Saint Just

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